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    Home»Tabaquismo»Preocupa a Canirac que nueva Ley Antitabaco responsabilice a restauranteros de que fumadores cumplan
    Tabaquismo

    Preocupa a Canirac que nueva Ley Antitabaco responsabilice a restauranteros de que fumadores cumplan

    01/18/2023No hay comentarios2 Mins Read
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    Contempla fuertes sanciones económicas y hasta arrestos; se reunirán con Coepris para entender los claroscuros legales.

    Mazatlán, Sinaloa.- Ante la nueva Ley Antitabaco y su reglamente, los claroscuros que incluye y las altas sanciones económicas e incluso corporales que incluye, la Cámara Nacional de la Industria Restaurantera y Alimentos Condimentados en Mazatlán, empezó a socializar el tema con los agremiados y contempla ya una reunión próxima con personal de la Coepris Sinaloa, a fin de despejar dudas.

    Rodrigo Becerra Rodríguez, presidente del organismo camaral, indicó que la situación se percibe difícil, porque todo indica que le están dejando al restaurantero la responsabilidad de impedir que los comensales enciendan un cigarrillo, so pena de multas muy, muy altas, situación que consideró injusta.

    Por ello, indicó que incluso ya la Canirac nacional abrió el departamento jurídico para asesoría legal en el tema de amparos, ya sea en los próximos días, o al momento de la aplicación de la Ley.

    “En Canirac nacional se está viendo el tema de dar asesoramiento legal para el tema de amparo en contra de las este multas y bueno es un tema que ahorita se trae esto en análisis para poder hacer una acción ya formal” expresó.

    Sin embargo, indicó que esto será ya una decisión particular de cada restaurante, porque se trata de cumplir con la Ley, pero no de asumir responsabilidades que no les corresponden.

    Ello, indicó, se platicará con el delegado de Coepris en Sinaloa, con quien ya se tiene programada una reunión en la que busca se esclarezcan dudas, para que los agremiados puedan tomar su mejor decisión.

    ¿Qué implica la nueva ley General para el Control del tabaco con el Reglamento correspondiente?

    • Queda prohibida la prestación de cualquier servicio de alimentos, bebidas o entretenimiento, así como su consumo, aún dentro de las zonas designadas para fumar.

    Quien incumpla estas disposiciones puede hacerse acreedor a graves sanciones económicas, la clausura temporal, parcial a total de sus establecimientos e inclusive el arresto hasta por 36 horas .

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