Nos Complace y enorgullece presentar a todos ustedes apreciables lectores y seguidores la ponencia “Así Nació el Estado de Sinaloa, que nuestro querido amigo Jaime Alberto Félix Pico Cronista Adjunto de Culiacán y apasionado de la historia en general y en particular de Sinaloa. Esta ponencia gano el primer lugar nacional en el XLV Congreso de la Asociación Nacional de Cronistas de Comunidades y Ciudades Mexicanas A. C. (ANACCIM) celebrada esta en la ciudad de Toluca, Estado de México, los pasados días 19, 20, 21, 22 y 23 de julio del 2023
PONENCIA
Título: “Así Nació el Estado de Sinaloa”
Por: Jaime Alberto Félix Pico
Cronista Adjunto de Culiacán
Antecedentes
Primero haré un repaso de las Instituciones políticas y administrativas propias de la corona española imperantes en la Nueva España durante la conquista, el virreinato, en la primera etapa del México independiente incluyendo el Primer Impero de Agustín de Iturbide.
Pongo énfasis en la terminología legal pues considero importante que los Cronistas la conozcamos y manejemos correctamente para evitar confusiones.
Las denominaciones tienen su fundamento legal en las Leyes de Indias; fueron utilizadas en los regímenes de gobierno que estuvieron vigentes antes e inmediatamente después de la Independencia, quedando inscritas en la Constitución Política de 1824 que definió la forma de gobierno y la división territorial de la Nación Mexicana.
Audiencia, reino, provincia, provincia interna, intendencia, corregimiento, comandancia general, departamento, alcaldía, ayuntamiento, partido, distrito, corregimiento, estado interno, estado libre y soberano, solo por mencionar las más visibles.
Consideraciones en Torno a la División Territorial y Formas de Gobierno
La división territorial es un factor determinante en la estructura e identidad estatal y nacional.
El gobierno territorial puede adoptar distintos tipos de regímenes de gobierno, conforme a normas previamente establecidas.
Los orígenes de la división territorial del México independiente quedaron definidos en la primera Constitución Política de 1824. .
Etapa Conquista 1521 / 1524
Regulación: los territorios se asignaban por mandato de los Reyes de España a conquistadores y colonizadores, de manera específica, a fin de que no incursionaran en la misma región dos o más a la vez.
Existía respeto a la división territorial donde ejercían dominio culturas o grupos étnicos específicos.
La organización territorial se basó en dos criterios:
1.- Territorios asignados por los reyes de España a colonizadores y adelantados
2.- Territorios asignados por los reyes de España respetando los territorios de dominio de un grupo indígena.
Ambos criterios se caracterizaban por la indefinición de límites, sin fronteras; eran divisiones de hecho, y no de derecho, necesarias en un proceso de expansión permanente.
Clasificación General de Instituciones de Gobierno Dur2ante la Etapa de Conquista Durante el Virreynato
1.- Primera Instancia: el Rey tenía el poder absoluto, concentraba todo el poder, y delegaban funciones en el Consejo Real de Indias.
2.- Consejo Real de Indias, sólo atribuciones y facultades legislativas, sujetas a la autorización del rey.
3.- Audiencia Real: se creó en 1534 con funciones administrativas y judiciales.
A partir de la conquista la Nueva España fue gobernada por dos Audiencias, una, la de México (a cargo de Hernán Cortés) y dos, la de Guadalajara (a cargo de Nuño de Guzmán). La Audiencia de Guadalajara comprendía: Xalisco, Zacatecas, Durango y Aguascalientes.
La expansión del territorio novohispano por la colonización obligo a la creación de nuevas Audiencias Reales para gobernar territorios alejados (eje: Audiencia de Nuevo México); algunos territorios colonizados se convirtieron en Reinos, Gobernaturas, Provincias o Capitanías Generales. (Eje: Reino de Nueva Galicia, Gobernación de la Nueva Vizcaya).
El Virrey: presidía la Audiencia Real como capitán y gobernador general; ejercía poder político y administrativo en todo el mundo novohispano.
5.- Los Gobernadores y adelantados: ejercían funciones políticas y administrativas en las provincias y reinos que conformaban la Nueva España.
6.- Las Intendencias: sus titulares ejercían solamente funciones administrativas (constituyen el antecedente más inmediato de la división política del México de hoy)
Distinciones de Tres Tipos de División Territorial
Debido a que durante la conquista y el virreinato se crearon una diversidad de instituciones políticas y administrativas, se pueden distinguir o clasificar tres tipos de división territorial:
1.- La Eclesiástica: al principio los obispados marcaron una división territorial cuyo mando a cargo de la iglesia católica se dirigía a atender asuntos muy generales.
2.- Las Audiencias, facultades judiciales y administrativas: bajo este régimen de gobierno los reinos, las gobernaturas y las provincias se dividieron en corregimientos, alcaldías mayores, alcaldías menores y ayuntamientos. (este tipo de división territorial imperó hasta la implantación de las reformas borbónicas a partir de 1769)
Cabe resaltar que Hernán Cortés fundó el primer ayuntamiento en 1519 en la Villa de la Vera Cruz.
3.- Intendencias y Provincias Internas: con facultades administrativas y fiscales a partir de la Reforma Borbónica (Rey Carlos III. 1769)
La División de Instituciones de Gobierno y Formas de División Territorial Generó un “Caos” Político y Administrativo
Este complejo sistema de gobierno no se consolidó, ni se perfeccionó a lo largo del virreinato, incluyendo las reformas borbónicas, debido a la incapacidad de terminar con las estructuras tradicionales, éstas, funcionaban paralelas y en muchas ocasiones se sobreponían provocando un desorden administrativo y a veces ingobernabilidad.
El “caos” político y administrativo se agudizaba cada vez más, siendo una de las causas que provocaron el inicio del movimiento de Independencia.
La Reforma del Rey Carlos III, Conocida; como las Reformas Borbónicas (1769 y hasta la Consumación de Independencia)
Como respuesta de la corona española al “caos” institucional prevaleciente y con fines de recuperar el poder, el Rey Carlos III decretó un proceso de reforma política y administrativa que se conoció como la Reforma Borbónica.
Inspiradas en las ideas de la ilustración, que las monarquías adoptaron modificando sus regímenes de gobierno en base al racionalismo imperante y que se reflejó, primero, en extrema concentración del poder del rey; se había perdido entre grupos e instituciones (eje: el poder que logró la orden jesuítica).
Para imponer orden: se crearon nuevas instituciones y nuevas formas de división territorial.
Dualidad de Mando Generado por la Reforma y un Nuevo “Caos” Administrativo
Se crearon las Comandancias de las Provincias Internas, instancia de gobierno instituida para gobernar dos grandes territorios en que se dividió la Nueva España;
1.- Provincia Interna de Oriente
2.- Provincia Interna de Occidente
A su vez cada Provincia Interna se dividió por Intendencias, se crearon 12 Intendencias (por eje: en occidente: Intendencia de Arizpe, de Zacatecas, de Durango, entre otras)
Cada Intendencia se dividió en Provincias (eje: Intendencia de Arizpe comprende Provincia de Sonora y ésta incluye a Sinaloa)
Dualidad de mando: el Comandante General de las Provincias Internas, indistintamente dependía del rey o del virrey, más del rey; igual los intendentes, algunos tenían más autoridad que el virrey, lo cual tuvo como consecuencia la reducción de la autoridad del virrey y fraccionamiento del territorio; no se abolió el régimen de Provincias que había imperado durante todo el tiempo antes de la Reforma Borbónica.
Peculiaridad: las intendencias tomaron el nombre de la localidad donde se asentó la capital (eje: Intendencia de Arizpe, Intendencia de Durango).
Consumación de la Independencia (1821) y México Nación Independiente y Soberana
La división política administrativa imperante, o sea, lo que dejó la Reforma Borbónica, fue el antecedente para el diseño del gobierno independiente y soberano que surge de la Independencia Nacional.
El Primer Imperio de Agustín de Iturbide: de corta duración mantuvo la división de las Provincias, entre ellas la de Sinaloa, que perteneció a la Intendencia de Arizpe
Después de la caída del Primer Imperio, en junio de 1823, se convocó a elecciones de un nuevo Congreso Constituyente.
Participaron representantes de 23 Provincias, entre ellas Sinaloa
31 de Enero de 1824 el Congreso Constituyente decretó el Acta Constitutiva de la Federación, la cual divide el territorio en Estados, y une a las Provincias de Sonora y Sinaloa en el Estado Interno de Occidente.
La Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos promulgada el 4 de octubre de 1824 cambia el nombre de Estado Interno de Occidente por el de Estado de Sonora y Sinaloa;
El 2 de noviembre de 1825, la Constitución Política del Estado de Occidente, cambia el nombre de Estado Sonora y Sinaloa por Estado de Occidente.
El Estado se divide en Departamentos (5) Arizpe, Horcasitas, El Fuerte, Culiacán y san Sebastián; cada Departamento se divide en Partidos (El Fuerte, Álamos, Sinaloa, Culiacán, Cosalá, san Sebastián, Rosario y san Ignacio de Piaxtla.
Cabe aclarar que como consecuencia de la creación del Estado de Sonora y Sinaloa (Constitución 4 de octubre 1824), el 12 de noviembre de 1824 se instaló en El Fuerte, declarada capital del Estado , el Primer Congreso Constituyente del Estado de Occidente y promulga la Constitución Política del Estado de Occidente de corte liberal, adopta un régimen republicano, representativo, popular y federado.
Artículo 1º.” El Estado de Occidente y su territorio se compone de todos los pueblos que abrazan lo que antes se llamó Intendencia y gobierno político de Sonora y Sinaloa”.
Artículo 3º. “Para su mejor arreglo se divide en los cinco Departamentos siguientes: Arizpe, Horcasitas, El Fuerte (comprende Álamos y Sinaloa), Culiacán (comprende Cosalá), y san Sebastian (comprende san Ignacio de Piaxtla y Rosario).
La unión entre ambas provincias (Sonora y Sinaloa) se empieza a desquebrajar y en el año 1830 surgen las primeras manifestaciones separatistas promovidas por grupos de poder económico y político específicamente de Sinaloa que exigían atención del gobierno -Arizpe decretada la capital estaba muy lejos por tanto impedida de atender los asuntos locales.
El Congreso de la Nación, a petición de las legislaturas de ambos estados, se ve obligado a separar Sinaloa del denominado Estado de Occidente y formar dos estados federados Sonora y Sinaloa.
El 13 de octubre de 1830 el Congreso de la Unión emite el decreto ley No. 245 que consignó la división del Estado de Sonora y Sinaloa,
Para implementar el proceso de división el 13 marzo de 1831 se instaló en Culiacán el primer Congreso Constituyente del Estado de Sinaloa; y se elige a Francisco de Iriarte y Conde gobernador (mayo de 1831) y avanza el trabajo legislativo hasta la promulgación de la primera Constitución Política del Estado de Sinaloa.
El 12 de diciembre de 1831 se promulgó la primera Constitución del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, la cual consignó la división política territorial en 7 Partidos y 11 Distritos; documento fundacional con características de vanguardia, liberal, humanitaria , inclusiva y democrática, normas que después incorporaría la primera Constitución liberal de México promulgada el año 1857.
En el Artículo 32º. Se reintegra al Estado de Sonora el territorio de Álamos, que había pertenecido en calidad de Distrito al Partido de El Fuerte; lo consigna como Distrito y cabecera del Partido de Horcasitas; perdiendo Sinaloa este territorio sin que los legisladores y el gobierno lograran su recuperación.
Esta es la Crónica Historiográfica del nacimiento del Estado Libre y Soberano de Sinaloa:
Conclusión
A manera de Acta de Nacimiento:
“El Estado Libre y Soberano de Sinaloa, nació el 12 de diciembre del año 1831; según lo consigna la primera Constitución Política la cual fue promulgada por el primer Congreso Constituyente de Sinaloa, el cual se instaló en Culiacán desde el 13 de marzo de ese año, por virtud del decreto ley No. 245 del 13 de octubre del año 1830 que expidió el Congreso de la Unión, el cual consignó “se aprueba la división del Estado de Sonora y Sinaloa, en los términos que pide la Honorable legislatura, formando Sinaloa un solo Estado y otro Sonora…” (*). Concluidos los trabajos del Congreso Constituyente y promulgada la Constitución, en su artículo 31 quedó establecido que su territorio se dividió en 7 Partidos (**) y 11 Distritos (***). El Primer Gobernador fue Francisco de Iriarte y Conde, oriundo de Cosalá (Minero y Político), designado por el Congreso Constituyente en mayo de 1831 y se retiró en junio del mismo año por enfermedad.
(*) La primera Constitución Política de México del 4 de octubre de 1824 dividió el territorio nacional, para su gobierno, en Estados Libres y Soberanos, entre los cuales se consignó al Estado Libre y Soberano de Sonora y Sinaloa. Los Estados Libres y Soberanos sustituyeron a las jurisdicciones políticas de la última etapa virreinal denominadas Provincias o Provincias Internas, agrupadas en Intendencias; el noroeste de la Nueva España fue gobernado por la Intendencia de Arizpe conformada por las Provincias de Sonora y de Sinaloa.
A partir de la consumación de la Independencia (29 septiembre 1821) y durante el Primer Imperio (Iturbide 1822/1823), Sonora y Sinaloa fueron Provincias del Imperio y a partir de la Constitución de 1824, se les consignó con distintas denominaciones: “Estado Interno de Occidente”, “Estado de Occidente” y Estado de Sonora y Sinaloa, ésta última fue la que privó durante el proceso de separación que concluyó en 1831.
(**) El Partido es una división política territorial que surge en leyes emanadas de la Constitución Política del Estado de Occidente. en la que se dividió el Estado en 5 Departamentos (Arizpe, Horcasitas, El Fuerte, Culiacán y san Sebastián); éstos, a su vez, divididos en Partidos: Altar y Oposura (Arizpe), Ostímuri, Pitic y Horcasitas como cabecera (Horcasitas); Álamos y Sinaloa (El Fuerte); Cosalá y Culiacán Cabecera (Culiacán); Rosario y San Ignacio de Piaxtla (San Sebastián) .
(***) Distritos, son las jurisdicciones en que se dividen los Partidos; para el caso de Sinaloa, en el inicio fueron 11 distritos.
Bibliografía
1.- SINALOA: Historia de las Instituciones Jurídicas. Autor:José de Jesús Jaime Cinco Soto. UNAM Y Senado de la República.. México 2010.
2.- SINALOA: División Territorial.de 1810 a 1995.Publicado por INEGI. 1997
3.- LA FORJA DE LA SINALOA CONTEMPORANEA. Papeles 4/ Sinaloa. Ed. Confín del Arco iris.
4.- CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE SINALOA. H. CONGRESO DEL ESTADO DE SINALOA. 2022.
5.- SINALOA, HISTORIA Y DESTINO. Herberto Sinagawa Montoya.
Felicidades Jaime Si ustedes desean consultar al autor, les sugerimos que para ello usen la caja de comentarios que aparece al final del presente y tengan la plena seguridad que se la haremos llegar tal cual…
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