La Secretaría de Agricultura a través de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (CONAPESCA), dio a conocer el acuerdo para prohibir las capturas de camarón en dicho litoral
Esta veda se implementa con el objetivo de proteger e incrementar la producción de las diversas especies de camarón en esta zona del país
27 de Abril de 2023
Con el objetivo de proteger e incrementar la reproducción de las diversas especies de camarón en aguas marinas y de sistemas lagunarios estuarinos de jurisdicción federal del Golfo de México y Mar Caribe mexicano, la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, a través de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca, dio a conocer las fechas y zonas de veda temporal de este producto para la temporada 2023.
De acuerdo a lo publicado por la dependencia federal en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la implementación de esta veda se da con base en el dictamen técnico realizado por el Instituto Nacional de Pesca y Acuacultura (INAPESCA).
Según el DOF publicado este 27 de abril del 2023, las fechas y zonas de veda correspondientes quedaron establecidas de la siguiente manera:
A partir de las 00:00 horas del día de la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación y hasta las 24:00 horas del 15 de agosto de 2023, en la zona que abarca desde la frontera con los Estados Unidos de América (E.U.A), en Tamaulipas, hasta la desembocadura del Río Coatzacoalcos, en Veracruz.
De las 00:00 horas del 1 de junio de 2023 y hasta las 24:00 horas del 30 de octubre de 2023, en la franja costera frente a los Estados de Campeche y Tabasco.
De las 00:00 horas del 1 de mayo de 2023 y hasta las 24:00 horas del 30 de septiembre de 2023, en la franja costera frente a los Estados de Campeche y Tabasco, para la pesquería de camarón siete barbas (Xiphopenaeus kroyeri).
De las 00:00 horas del 1 de junio de 2023 y hasta las 24:00 horas del 30 de septiembre de 2023, en la zona de la isla de Contoy, en el estado de Quintana Roo.
Se establece veda temporal para la captura de todas las especies de camarón existentes en los sistemas lagunarios estuarinos de jurisdicción federal del Golfo de México, en los periodos y zonas que se indican a continuación:
A partir de las 00:00 horas del 26 de mayo de 2023 y hasta las 24:00 horas del 10 de julio de 2023, en los sistemas lagunarios estuarinos ubicados desde la frontera con E.U.A. en Tamaulipas, hasta la desembocadura del Río Coatzacoalcos, en Veracruz.
De las 00:00 horas del 1 de mayo de 2023 y hasta las 24:00 horas del 30 de septiembre de 2023, en los sistemas lagunarios estuarinos del Estado de Tabasco.
El DOF reitera que el período de veda permanente para la captura de todas las especies de camarón en las aguas marinas de jurisdicción federal del Golfo de México y Mar Caribe que se encuentran comprendidas en la franja marina de las 0 a las 20 millas náuticas a partir de la línea de costa, desde Isla Aguada, Campeche, hasta los límites con Belice, incluyendo las lagunas y zonas costeras en la Península de Yucatán, exceptuando los caladeros de Contoy en Quintana Roo.
Quien incumplan o contravengan el presente Acuerdo, se hará acreedor a las sanciones que para el caso establece la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, y demás disposiciones legales aplicables.
Además, quien a la fecha de inicio de esta veda mantenga en existencia camarón proveniente de la pesca en estado fresco, enhielado, congelado, cocido, seco o en cualquier otra forma de conservación y presentación, deberán formular inventario conforme al formato CONAPESCA-01-069, Inventario de Existencias de Especies en Veda, para su comercialización al mayoreo o industrialización para su presentación a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural a través de las Oficinas de la CONAPESCA, en un plazo de tres días hábiles contados a partir del inicio de la veda.
Asimismo, para transportar desde las zonas litorales en donde se establece la veda camarón en estado vivo, fresco, entero, deshidratado, procesado, enhielado, congelado, cocido, seco o en cualquier otra forma de presentación y conservación, los interesados deberán contar con la Guía de Pesca debidamente validada, emitida por las Oficinas de la CONAPESCA.
La vigilancia para el cumplimiento de esta veda estará a cargo de Agricultura a través de la CONAPESCA, de forma coordinada con la Secretaría de Marina, cada una en el ámbito de sus respectivas competencias.
La CONAPESCA reitera su compromiso de seguir vigilando por la sustentabilidad y conservación de las especies marinas en México, para beneficio de los sectores pesqueros.